Comunicado a la opinión pública

El Defensor del Pueblo de la República Dominicana, órgano constitucional autónomo e independiente, tiene la función esencial de contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos de conformidad con las las disposiciones de los artículos 190, 191 y 192 de la Constitución y la Ley núm. 19-01 que crea el Defensor del Pueblo.

Compartir

Compartir

Print Friendly, PDF & Email

Compartir

Publicado; domingo 11 de septiembre del 2022

El Defensor del Pueblo de la República Dominicana, órgano constitucional autónomo e independiente, tiene la función esencial de contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos de conformidad con las las disposiciones de los artículos 190, 191 y 192 de la Constitución y la Ley núm. 19-01 que crea el Defensor del Pueblo.

Esta institución, de acuerdo con el sistema normativo vigente, está representada por el Titular del Defensor del Pueblo y, para el cumplimiento de su función esencial, cuenta con dos adjuntos y dos suplentes que, en virtud de las mismas normas y en determinadas circunstancias, asumen la representación de la institución en ausencia del Titular.

El Defensor del Pueblo, sus adjuntos y sus suplentes informan a la sociedad dominicana y a la opinión pública que entre los mismos existe consenso respecto a que es prioritario que las ejecutorias de este órgano constitucional se realicen de manera coordinada para alcanzar los propósitos fundamentales de garantizar los derechos de las personas y de velar por la buena Administración pública.

En el Estado social y democrático de derecho debe primar la pluralidad de las ideas y las convicciones de cada una de las personas que contribuye con sus esfuerzos al fortalecemiento de esta institución. Por tanto, reconocemos que los distintos puntos de vista acerca del cumplimiento de la misión de este órgano son el resultado de un ambiente democrático característico de los espacios de participación en los que convergemos.

Finalmente, como órgano constitucional independiente dedicado a la construcción de ciudadanía responsable y que promueve el fortalecimiento del Estado social y democrático de derecho, consideramos que el diálogo respetuoso e institucional es fundamental para seguir dando pasos en aras del fortalecimiento del Defensor del Pueblo.

Quienes suscriben este documento reiteran su compromiso con nuestros valores, la institucionalidad y los mejores intereses de la República dominicana.

Ana Martich Primera adjunta Pablo Ulloa Defensor del Pueblo Darío Nin Segundo adjunto

Roberto Quiroz Primer suplente Miguel Puello Segundo suplente

Más artículos relacionados

Translate »