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Defensor del Pueblo corta cinta y bendice Delegación Provincial Santo Domingo

La defensora del pueblo, doctora Zoila Martínez Guante, realizó hoy el acto de bendición del local que alberga la oficina regional Santo Domingo de la institución. En la actividad a la que asistieron autoridades del órgano constitucional y parte de sus colaboradores. La Defensora del Pueblo, dejó además creado el Centro de Formación Defensor del Pueblo Dr. Manuel A. Tejada Florentino, para capacitar a profesionales en materia de derechos humanos.

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Jueves, 13 Agosto 2020

Santo Domingo. La defensora del pueblo, doctora Zoila Martínez Guante, realizó hoy el acto de bendición del local que alberga la oficina regional Santo Domingo de la institución.

En la actividad a la que asistieron autoridades del órgano constitucional y parte de sus colaboradores. La Defensora del Pueblo, dejó además creado el Centro de Formación Defensor del Pueblo Dr. Manuel A. Tejada Florentino, para  capacitar a profesionales en materia de derechos humanos.

La delegación obtenida mediante un convenio con la Direccion General de Pasaportes, en su estructura consta de dos plantas que fueron amuebladas y habilitadas con recursos propios del Defensor del Pueblo, ahorrados para los fines.

El acto inició con la entonación del Himno Nacional, a cargo de la Banda de Música de la Policía Nacional. Posteriormente, el padre Rafael Santana, párroco de la Iglesia Santa Mónica, bendijo el local.

En su discurso, la doctora Zoila Martínez Guante, pronunció palabras de agradecimientos a las personas invitadas, entre ellas  representantes de agencias internacionales, gobiernos locales, y legisladores. Así como, a la Dirección General de Pasoportes, en la persona de su actual directora, ingeniera Aura Toribio. De igual forma, palabras para la doctora Flavia García, exdirectora de Pasaportes, quien estuvo presente en la actividad, y gestionó ese edificio, al ocupar la citada función.

Asimismo, enfatizó que el pueblo es el amo del escenario y merece ser bien atendido y contar con una institución cerca que garantice la defensa de sus derechos.

De su lado, la señora Inka Mattila, Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), indicó que esta obra es una representación “de todo el trabajo que hemos venido haciendo desde el 2018, junto a la Defensoría del Pueblo, apoyando el fortalecimiento de la institución para poder desempeñar su loable llamado de ser guardianes de los derechos de la ciudadanía y velar por la transparencia en la administración pública”.

En la actividad estuvo presente el alcalde de Santo Domingo Este, Manuel Jiménez; quien ponderó los servicios que ofrecerá este órgano constitucional para la garantía de los derechos de las personas. También, la profesora Cristina Lizardo, senadora de la provincia, quien afirmó que con el establecimiento del Defensor del Pueblo en esa demarcación, se fomentará la cultura de garantías de los derechos de las personas y por tanto, se reducirán atropellos. Asimismo, el pastor Feliciano Lacen Custodio, presidente del Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (CODUE); representantes de la Defensa Civil, Cuerpo de Bomberos, la Policía Nacional; abogados en ejercicio, ex fiscales y jueces, comunitarios, representantes de centros educativos y salud, entre otros.

Ubicación

El local está ubicado en la calle Costa Rica, esquina Cotubanamá (antigua calle 13), sector Alma Rosa I, municipio Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo.

Sobre el Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es una institución constitucional dotada de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria, creado mediante la Ley 19-01, del primero de febrero de 2001, aunque empezó a funcionar en el año 2013, después que fue constitucionalizado en el 2010, al quedar establecida en la Carta Magna aprobada ese año, a través de los artículos 190, 191 y 192.

Este órgano tiene como función contribuir en la salvaguarda de los derechos fundamentales de las personas frente a la Administración Pública, los entes prestadores de servicios públicos, y la protección de los particulares en la medida que se afecten intereses colectivos y difusos.

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